El Ayuntamiento aprobará la modificación de su Reglamento de Protocolo, Ceremonial, Honores y Distinciones
- En la Sesión Plenaria que se celebrará este 28 de julio.
- Una revisión que se hizo necesaria para adaptar y actualizar la normativa del texto.
- A propuesta del Alcalde Luis Piña y para ensalzar el símbolo de nuestro escudo y bandera «el Carballo y su fruto, la Bellota», la modificación introduce la concesión de una nueva distinción: el «otorgamiento de la Bellota de Oro de la Villa de A Cañiza», que nace con la intención de ponderar y reconocer la labor profesional o trayectoria vital de todas aquellas personas, vecinos o visitantes, que en cualquiera de los ámbitos de la actividad pública o privada hayan destacado de forma relevante.
- En la simbología de A Cañiza el roble se interpreta cómo el árbol más rico desde la creación por la dureza de su madera. Simboliza superioridad, fuerza moral, espiritual y física ante la adversidad. Su tronco enraizado representa la profunda solidez de la formación humanística que inspira el estudio y su fruto, la bellota, el alimento que en el principio de los tiempos sustentaba a los hombres.
- “La Bellota” en el Escudo del Ayuntamiento representa también a las nueve parroquias que integran A Cañiza.
- Considerando su valor simbólico para el Municipio de A Cañiza, se introduce en el presente Reglamento como un honor y distinción que podrá concederse por el Alcalde.
El Ayuntamiento cuenta con un Reglamento de Protocolo, ceremonial, Honores y Distinciones vigente desde su aprobación en el BOP nº 161 del 22/08/2014.
Sin embargo el transcurso de ocho años y la experiencia de la aplicación del mismo, requería la necesidad de modificar algunos artículos con el fin de actualizar la normativa referente a las distinciones y honores que otorga el Ayuntamiento de A Cañiza a la realidad vigente.
En el Pleno del próximo 28 de julio se acordará la aprobación de la modificación de 4 artículos:
Artículo 6 apartado 1º.: Orden de precedencias de la Corporación Municipal.
Se replantea el orden de precedencia interna de la Corporación Municipal, introduciéndose en el apartado 3º el lugar de «concejales que ostenten alguna Delegación de la Alcaldía», quedando el orden de precedencias como sigue:
1º) El Alcalde.
2º) Los Tenientes de Alcalde, por su orden correspondiente.
3º) Los Concejales que ostenten Delegación de la Alcaldía.
4º) Los Portavoces de los grupos políticos ordenados de mayor a menor representación municipal.
5º Los demás Concejales, por su orden electoral y ordenados de mayor a menor representación municipal.
6º) Los cargos directivos del Ayuntamiento, por su orden de nombramiento.
Modificación del artículo 7: Asistencia de la Corporación Municipal. Se propone designar la asistencia de los concejales de la Corporación Municipal a Actos Solemnes que por tradición se celebren con motivo de festividades singulares.
Se propone eliminar la asistencia a los actos del «Petelo de Oro» y «Corpus Cristi» y mantener los actos solemnes derivados de la festividad en honor del Santísimo Cristo de la Agonía de A Cañiza que se celebra el segundo domingo del mes de julio y de la festividad en honor de la patrona de A Cañiza, Santa Teresa de Jesús que se celebra el 15 de octubre.
Modificación del artículo 18. se incorpora una nueva distinción a las 6 ya existentes: «Bellota de Oro de la Villa de A Cañiza», pudiendo el Ayuntamiento otorgar, para reconocer y premiar especiales méritos o servicios extraordinarios, las siguientes distinciones:
Medalla de la Villa de A Cañiza, en sus categorías de Oro, Plata y Bronce.
Título de Hijo Predilecto de A Cañiza.
Título de Hijo Adoptivo de A Cañiza.
Llave de Oro de la Villa.
Título de Visitante Ilustre de A Cañiza.
Título de Cañicense Ejemplar.
Bellota de Oro de la Villa de A Cañiza.
Modificación del artículo 33, 34 e 35. Se incorpora en este artículo la nueva distinción «Bellota de Oro de la Villa de A Cañiza», desarrollándose en el artículo 33 la introducción de esta nueva distinción, en el artículo 34 el objeto del mismo y en el artículo 35 su concesión.